COMPARTIMOS SALUDO DEL EX CONCEJAL DANIEL RICALDE.
En Junio del 2014 presentamos una Ordenanza, aprobada por unanimidad, donde se conmemora «Día del Pastor Evangélico» en el Partido de Patagones el último domingo de Septiembre de cada año.
Les deseo a todos un hermoso día a los que integran, y a los que no, el Consejo Pastoral de #Patagones
Municipalidad de Patagones
Honorable Concejo Deliberante
“Patagonia Argentina”
Carmen de Patagones, 19 de Junio 2014.-
Corresponde a Expediente 4084-651HCD/14.-
VISTO:
La profundización del rol de las comunidades evangélicas y sus
integrantes, hombres y mujeres, en múltiples situaciones sociales, todas
ellas, que tienden al bien común y;
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 14º de la Constitución Nacional establece
que: “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos
conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, a saber…”de
profesar libremente su culto…”
Que, Carmen de Patagones y ciudades del distrito poseen
una población con una importante mayoría de creyentes evangélicos,
observándose un notable aumento de creyentes, en los últimos años.
Que, no hay que perder de vista, a las organizaciones
eclesiásticas, social y comunitaria, donde se debe tener presente que en
las organizaciones religiosas llegan a todos los estamentos sociales,
fundamentalmente a los grupos mas vulnerables de la comunidad; y que las
comunidades evangélicas no resultan ser la excepción.
Que, las iglesias evangélicas tienen una importante
presencia cada barrio de la ciudad, ayudando y colaborando
permanentemente con las políticas publica municipales que tienden al
bien común.
Que, contar en la ciudad de Carmen de Patagones y ciudades
del distrito, con una jornada especial, para celebrar la labor que
realizan distintos pastores y pastoras evangélicas, es un reconocimiento
que merecen las iglesias del culto evangélico, que trabajan fuertemente,
comprendiendo diferentes temas, como sucede con las adicciones, vicios y
toda problemática de familias e inclusión social, donde el trabajo del
pastor no se limita al aspecto de la practica religiosa, sino que es
llevada adelante en relación con toda la comunidad.
Que, la tarea pastoral ha sido valorada desde los ámbitos
eclesiásticos como un modelo de vida con la implicancia social,
espiritual y eterna. Por ello, la necesidad de reconocer tarea que
realizan los líderes de las organizaciones evangélicas citadas, es
valorar el oficio pastoral, como una manera inclusiva de consolidar el
vínculo creciente con la comunidad pastoral del Partido de Patagones, es
reconocer la misión pastoral y su compromiso con la sociedad, en
especial con los sectores más vulnerables.
Que, Carmen de Patagones y el interior del Partido cuenta
con una creciente comunidad pastoral evangélica amplia, abierta, plural
y democrática que tiene una injerencia diaria, no solo en asuntos de
índole espiritual, sino también el aporte concreto a favor de los más
necesitados.
Que, el reconocimiento es un aliciente a la tarea que
pregonan y predican todos los días los pastores y pastoras, al igual que
en encuentros de oración conjunta y en defensa de la vida como valor
esencial.
Que, en nuestro país con experiencias muy positivas en
otras provincias como Mendoza y Entre Ríos, como así también, en Chaco
por medio del Decreto Provincial Nº 1992, quienes han valorado
positivamente una fecha para dicha conmemoración, en el caso particular
Municipalidad de Patagones
Honorable Concejo Deliberante
“Patagonia Argentina”
de nuestra ciudad, el ultimo domingo del mes de septiembre se enmarca
dentro de las celebraciones del mes de la Biblia.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA
CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1º: Declarase como “Día de los Pastores Evangélicos en el
Distrito de Patagones”, al último Domingo del mes de Septiembre de cada
año.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
Articulo 2º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de
Gobierno de la Municipalidad de Patagones; al Consejo Pastoral localsito en calle M. Gutiérrez Nº 686; al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Cultos; a la Comisión de Relaciones de Exteriores y Cultos
de la Cámara de Diputados de la Nación; a la Comisión de Asuntos
Constitucionales y Acuerdos de la Cámara de Senadores de la Provincia
de Buenos Aires; a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de
la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.- – – – – – – – –
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para
su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez
cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el
Decreto de Promulgación.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN LA 6ª
SESION ORDINARIA, 10ª REUNION DEL DIA 18/06/2014, APROBADO POR
UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 1835.-

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